El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado 12 de septiembre, a instancias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, un Real Decreto, con base jurídica en la Organización Común de Mercados para el sector del vino, por el que se fijan los requisitos para las normas de comercialización del vino en caso de perturbación del mercado. También establece la norma de comercialización para la producción de vino de la campaña 2013 – 2014.

Tecnovino normas de comercializacion del vinoEl Real Decreto aprobado el 12 de septiembre por parte del Consejo de Ministros y a instancias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama), contempla la posibilidad de fijar normas de comercialización del vino, que tengan como objetivo regular la oferta para mejorar la estabilidad y funcionamiento del mercado
Para ello se fijan los requisitos y los elementos que deberá contener la norma de comercialización, para su aplicación en la campaña en la que se produzca un funcionamiento anómalo del mercado. Esa anomalía se  detectará con un análisis de las condiciones del mismo, a través de los principales parámetros como precios, niveles de existencias o flujos comerciales.  En ese caso, se fijará la cantidad de producto afectado por la norma, la región donde será precisa su aplicación, las características del producto elegible y las obligaciones de los operadores afectados, entre otros aspectos.

Aplicación para la campaña 2013/2014

Para el caso concreto de la campaña 2013/2014, el Real Decreto recoge los parámetros para su aplicación, tales como la cantidad máxima de vino afectada, el mecanismo empleado para regular el mercado y las características de las bodegas que deberán aplicar la medida.
Los últimos detalles de esta norma para 2013/2014 serán fijados mediante resolución del director general de Producciones y Mercados Agrarios. Para analizar y debatir estas cuestiones, el Ministerio ya ha convocado al sector a una reunión esta semana.
Este Real Decreto para las normas de comercialización del vino se ha redactado en el marco de los intensos contactos mantenidos entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el sector vitivinícola en los últimos meses, que han culminado en la creación de la Interprofesional del vino y en un acuerdo sobre un plan global de actuaciones a favor del sector para regular la oferta y estabilizar los mercados, y mejorar la organización y coordinación del sector vitivinícola.
La nueva normativa deroga también una serie de normas de calidad de frutas y hortalizas frescas obsoletas, que regulaban la comercialización de estos productos en el mercado interior español antes de la adhesión a la Unión Europea. Puesto que las normas de comercialización de frutas y hortalizas que deben regir en toda la Unión están establecidas en la normativa comunitaria, estas normas de mercado interior no son de aplicación.