La Unión Europea ha publicado los nuevos criterios sobre las autorizaciones de plantaciones de viñedo que comenzarán a partir de 2016.

Tecnovino plantaciones de vinedo UE
Las normas publicadas también aclaran la transición del sistema actual al nuevo régimen. Foto: Consejo Regulador del Cava.

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado el 9 de abril el reglamento de ejecución de la Comisión por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al nuevo régimen de autorizaciones para plantaciones de viñedo, que se concederán a partir de 2016. Según el texto, las autorizaciones se darán para nuevas plantaciones, replantaciones y derechos de plantación que vayan a convertirse.
Las autorizaciones para nuevas plantaciones incluidas en el artículo 64 del Reglamento de la UE 1308/2013 se concederán anualmente. Recoge que, cuando los Estados miembros decidan limitar la superficie total disponible para nuevas plantaciones que vaya a asignarse en forma de autorizaciones, «deberán hacer públicas estas decisiones y las correspondientes justificaciones a más tardar el 1 de marzo«.
En caso de que los Estados miembro tengan en cuenta las recomendaciones de organizaciones profesionales o de grupos de productores recogidos en el artículo 65 del Reglamento 1308/2013, «estas recomendaciones se presentarán con tiempo suficiente para su examen, antes de que el Estado miembro considerado adopte la decisión». Además las recomendaciones también deberán hacerse públicas.

Phil Hogan, comisario de la UE responsable de Agricultura y Desarrollo Rural: «El nuevo sistema brinda flexibilidad al sector vitícola europeo para ampliar progresivamente la producción en respuesta a la creciente demanda mundial».

Por otro lado, las normas aclaran la transición del sistema actual al nuevo régimen y explican el procedimiento para convertir los derechos de plantación válidos en autorizaciones. Los derechos procedentes de reservas no concedidos a productores para el 31 de diciembre de 2015 se extinguirán a partir de esa fecha.
Phil Hogan, comisario de la UE responsable de Agricultura y Desarrollo Rural, ha señalado lo siguiente: «El nuevo sistema brinda flexibilidad al sector vitícola europeo para ampliar progresivamente la producción en respuesta a la creciente demanda mundial. Al mismo tiempo, los Estados miembros disponen de una serie de salvaguardias que pueden aplicar para abordar los posibles riesgos sociales y ambientales en zonas específicas de producción de vino».
Por otra parte, el Diario Oficial de la Unión Europea publica, asimismo, el Reglamento delegado de la Comisión de 15 de diciembre de 2014, por el que se completa el Reglamento 1308/2013 de Parlamento Europeo y Consejo en lo que respecta al citado régimen de autorizaciones de plantaciones de vid.
Indica, por ejemplo, que un productor que haya perdido una determinada superficie plantada con vid como resultado de expropiaciones por causa de utilidad pública al amparo de la legislación nacional tendrá derecho a plantar una nueva superficie. Precisa que será así siempre que esa superficie plantada no exceda del 105 % de la superficie perdida en términos de cultivo puro. La superficie nuevamente plantada se inscribirá en el registro vitícola.
En el comunicado de la Comisión Europea indican que un reciente estudio externo concluyó que, pese al crecimiento de las exportaciones de la UE a terceros países desde 2008, en volumen y valor, y a la significativa mejora de la balanza comercial, la Unión Europea sigue perdiendo cuota de mercado en los mercados mundiales. Además, se prevé que el consumo total a nivel mundial aumente de aquí a 2025, mientras que seguirá decreciendo en el conjunto de la UE. Así pues, esta tendencia del mercado muestra que, en el futuro, el sector vitivinícola de la UE dependerá cada vez más de las exportaciones.

La nueva normativa puede verse y descargarse aquí >>