/p>>El Gobierno aprobó el 19 de diciembre las nuevas medidas del Programa de apoyo al sector vitivinícola para el período 2014-2018. Con este Real Decreto se financiarán medidas de apoyo a la innovación en el sector del vino y recoge la posibilidad de financiar la replantación de viñedos en caso de arranque obligatorio producido por motivos sanitarios o fitosanitarios, en el marco de la medida de reestructuración y reconversión de viñedos.

Tecnovino Programa de apoyo al sector vitivinicola DO Conca del Barbera
Foto: Consell Regulador de la Denominació d’Origen Conca de Barberà.

El Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha aprobado el pasado 19 de diciembre un Real Decreto para aplicar en España nuevas medidas del Programa de Apoyo al sector vitivinícola para el período 2014-2018, incorporando las nuevas medidas previstas en los reglamentos del Parlamento Europeo y del Consejo, aprobados en 2013.
Esta nueva norma viene a completar lo establecido en el Real Decreto aprobado el pasado 19 de julio de 2013, que recoge el conjunto de disposiciones que desarrollan el programa de apoyo del sector vitivinícola español para la aplicación del segundo Programa de Apoyo quinquenal presentado por  España a la Comisión Europea para el periodo 2014-2018.
El Primer Programa de apoyo al sector vitivinícola español se aplicó entre los ejercicios 2009 y 2013, e incluía medidas admisibles de promoción de vinos en los mercados de terceros países, la destilación de alcohol para uso de boca, la reestructuración y reconversión de viñedos, la destilación de crisis y la destilación de subproductos.
Como novedad del Segundo Programa destaca la eliminación de medidas del periodo quinquenal anterior, como la destilación de alcohol para uso de boca y la destilación de boca, derivadas de a eliminación de la normativa comunitaria que establecía su aplicación hasta 2012,  y se incluyen modificaciones en las condiciones de aplicación de las medidas de promoción y de reestructuración y reconversión de viñedos.
En este contexto, el presente Real Decreto recoge como novedad la posibilidad de financiar, dentro de la medida de reestructuración y reconversión de viñedos, la replantación de viñedos en caso de arranque obligatorio producido por motivos sanitarios o fitosanitarios. Para ello, se fijan las condiciones en las que dicha actividad se puede aplicar en España.
Además, se establecen las disposiciones para dar apoyo a la innovación con ayudas a las inversiones tangibles o intangibles para la transferencia de conocimientos, o la realización de operaciones preparatorias o de estudios piloto, destinados al desarrollo de nuevos productos relacionados con el sector del vino.
Asimismo, en este Real Decreto se establecen los requisitos y condiciones de financiación de España de la medida de cosecha en verde, que será activada por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama), a petición de una o varias Comunidades Autónomas, en caso de que se produzca un desequilibrio de mercado.